ARTÍCULO 170. En todos los establecimientos de trabajo se suministrará a los trabajadores ropa de trabajo adecuada según los riesgos a que estén expuestos, y de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se realice. ARTÍCULO 195. Las quevedos protectoras, los capuchones y las pantallas protectoras para los trabajadores ocupados https://www.medinaempresarialsst.com/mediciones-ambientales-sst/