• Si el Titular es: persona Jurídica, debe otorgar el poder al Agente, y el poder, a su tiempo debe estar inscripto en la DINAPI (ver requisitos de registro de poder).
Recomendamos dejar claro que su marca está https://majazprc498510.blogs100.com/30146557/5-hechos-fácil-sobre-asesoría-en-marcas-y-patentes-descritos